Un fallo de la Justicia de Córdoba determinó que una joven deberá restituir a su ex pareja los bienes muebles que el primero había llevado al departamento que ambos compartieron durante los siete años (entre 1999 y 2006) que estuvieron juntos. La única excepción será el perro salchicha, de nombre Bauty, que ya se habría encariñado con ella. La decisión de la Cámara 1ª de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Río Cuarto, se debe a que la mujer no logró probar que había formado una sociedad de hecho con su ex novio que obligara a dividir bienes, ni tampoco que este le hubiera donado los objetos. Según los magistrados, el concubinato "no puede asimilarse a la celebración del matrimonio y, por lo tanto, no le son aplicables las normas del régimen patrimonial del matrimonio por no haber una sociedad conyugal". Lo que los camaristas sí le reconocieron a la joven, es el derecho a mantener bajo su cuidado al perro, raza "Basset Haund", que desde 2007 vive en el departamento con ella. "La relación del perro con sus amos contiene un vínculo afectivo que trasciende lo jurídico y que, por ende, se resiste a ceñirse a la figura del derecho real de dominio", justificaron su decisión los jueces. "'Bauty' (nombre del perro) no tiene valor económico, teniendo en cuenta su edad. Siendo así, hacer lugar a esa pretensión del demandante, implicaría cohonestar (dar apariencia de justo a lo que no lo es) un ejercicio antifuncional del derecho, un abuso que los jueces no deben tolerar", manifestaron.